diciembre 29, 2008

¡INFÓRMATE!: De esta forma se cae en causal

Les copio aquí el artículo 30 del Reglamento del Alumno de Pregrado que trata de las causales de eliminación para que las tengan en cuenta.

Si estás en una de estas situaciones, envíame un correo a liecheve@uc.cl para comenzar a revisar tu caso y ayudarte durante todo el proceso.


ART. 30º INCURRIRÁ EN CAUSAL DE ELIMINACIÓN:


A) EL ALUMNO QUE A CONTAR DEL TÉRMINO DE SU TERCER PERÍODO ACADÉMICO, NO MANTENGA UN PROMEDIO PONDERADO ACUMULADO IGUAL O SUPERIOR A CUATRO (4.0);

B) EL ALUMNO QUE AL TÉRMINO DE SUS DOS PRIMEROS PERÍODOS ACADÉMICOS CURSADOS, CONSIDERADOS EN CONJUNTO, NO APRUEBE EL NÚMERO DE CRÉDITOS ESTABLECIDOS POR LA FACULTAD O UNIDAD ACADÉMICA CORRESPONDIENTE, CON LA APROBACIÓN DE LA VICERRECTORÍA ACADÉMICA. ASIMISMO, INCURRIRÁ EN CAUSAL DE ELIMINACIÓN EL ALUMNO QUE A PARTIR DEL SEGUNDO PERÍODO ACADÉMICO NO APRUEBE UN MÍNIMO DE 50 CRÉDITOS CONSIDERANDO SUS DOS ÚLTIMOS SEMESTRES EFECTIVAMENTE CURSADOS;

PARA EFECTOS DE ESTA LETRA, LOS CRÉDITOS APROBADOS EN LA TEMPORADA ACADÉMICA DE VERANO (TAV) SE INCLUIRÁN EN EL SEGUNDO PERÍODO DEL AÑO CORRESPONDIENTE PARA EL CÓMPUTO DE LOS CRÉDITOS EN SU HISTORIAL ACADÉMICO.

C) EL ALUMNO QUE FUERE REPROBADO EN TRES OPORTUNIDADES EN UN MISMO CURSO;

D) EL ALUMNO QUE REPROBARE TRES CURSOS DISTINTOS, EN DOS OPORTUNIDADES CADA UNO DE ELLOS, Y

E) EL ALUMNO QUE DESDE SU TERCER SEMESTRE DE PERMANENCIA EN SU PROGRAMA DE ESTUDIOS CONDUCENTE A UN TÍTULO O GRADO ACADÉMICO REPROBARE UN NÚMERO SUPERIOR DE CURSOS AL ESTABLECIDO POR LA VICERRECTORÍA ACADÉMICA, A PROPOSICIÓN DE LA FACULTAD O UNIDAD RESPECTIVA.

LA VICERRECTORÍA ACADÉMICA PODRÁ ESTABLECER EXCEPCIONES A LA REGLA DEL INCISO ANTERIOR A SOLICITUD DE LA FACULTAD O UNIDAD INTERESADA. EN LA APROBACIÓN DE ESTE CRITERIO Y EN LA APLICACIÓN DEL MISMO, SE DEBERÁ TENER EN CUENTA EL CREDITAJE DE LOS CURSOS REPROBADOS, ASÍ COMO EL NIVEL DE AVANCE DEL ALUMNO EN SU PROGRAMA DE ESTUDIOS.


ART. 31º PARA EFECTOS DE LA APLICACIÓN DEL PRESENTE ARTÍCULO, SE ENTENDERÁ POR PERÍODO ACADÉMICO EL LAPSO DE UN SEMESTRE. AQUELLAS FACULTADES O UNIDADES QUE UTILIZAREN UN SISTEMA DIFERENTE ASÍ LO EXPRESARÁN EN SU REGLAMENTO PERTINENTE.





Saludos,


Luis Echeverría M.
Consejero Académico Comunicaciones UC
Secretario General Consejo Académico FEUC 2009
consejeroacademico@cecomuc.cl

diciembre 21, 2008

Primer Consejo Académico

El pasado jueves 18 de diciembre se realizó la primera sesión del Honorable Consejo Académico FEUC presidido por la Consejera Superior, Ximena Paul.

La tabla de la sesión fue la siguiente:

1. Presentación Consejeros Académicos/ Defensores Estudiantiles 2009.
2. Presentación Consejera Superior.
3. Causales de Eliminación-Nuevo Reglamento del Alumno de Pregrado.
4. Rol del Consejero Académico. Invitado: Sebastián Rioseco.
5. Reglamento Consejo Académico. Invitado: Felipe Vera.
6. Elección Secretario General del Consejo Académico.
7. Fecha Consejo del mes de enero.


Como representante de la FEUC, asistirá al Consejo Académico la segunda vicepresidenta, Lyssue Quiroga.

Hubo aproximaciones claras respecto a cada uno de los temas, principalmente a: Causales de Eliminación, Plan de Formación General y Certificados Académicos.

En general, hubo un ambiente de consensos y se acordó trabajar en conjunto para hacer presión frente a los temas de mayor controversia, tales como: análisis del funcionamiento y utilidad de los Certificados Académicos para los egresados UC, período de inicio y transición entre bachilleratos y el College UC, el Sistema de Admisión Complementario y análisis y funcionamiento de la Evaluación Docente, entre otros.

Los Consejeros Académicos 2009 son, en mayoría, nuevos en cuanto a representación estudiantil y defensa de las causales de eliminación. Por ello se creó una comisión desde ya para capacitar a los Consejeros Académicos, conformada por:


- Andrés Aranda, Consejero Académico Cs. Biológicas.
- María José Rioseco, Consejera Académica Agronomía.
- Tai Lin, Consejero Académico Arquitectura.


Se eligió al Secretario General del Consejo Académico. De forma voluntaria y con el 100% de aprobación, Comunicaciones asumió la Secretaría General. Por lo tanto, yo, Luis Echeverría, soy el nuevo Secretario General del Consejo Académico FEUC 2009.

La votación para aprobar o rechazar el nuevo Reglamento del Consejo Académico se hará en el Consejo de marzo, donde se espera mayor quórum.



Luis Echeverría M.
Consejero Académico Comunicaciones UC
Secretario General Consejo Académico FEUC 2009
consejeroacademico@cecomuc.cl

diciembre 18, 2008

Fechas importantes post toma de ramos

Estimados compañeros,

A continuación publico algunas fechas importantes para tener en cuenta durante enero.

5 – 21 ENERO
- Convalidación de Requisito de Inglés por certificados internacionales
- Convalidación de estudios. Período de presentación de la solicitud por parte del alumno.

15 ENERO
La Dirección de Servicios y Registros Docentes publica en web:
- Resultados de Inscripción de Cursos
- Listas de Cursos
- Carga Académica Semestral
- Ficha Académica Acumulada
- Resumen Académico

15 – 19 ENERO
- Ajuste Inscripción de Cursos

26 ENERO
La Dirección de Servicios y Registros Docentes publica en web:
- Resultados del Ajuste de Inscripción
- Listas de Cursos
- Carga Académica Semestral
- Ficha Académica Acumulada
- Resumen Académico

29 ENERO
- Matrícula de Honor por Promoción y Alumnos Nuevos. Unidad Académica notifica a los alumnos premiados.

Saludos,


Luis Echeverría
Consejero Académico
consejeroacademico@cecomuc.cl

¿Qué hace el Consejero Académico?

Según el Reglamento del Consejo Académico que encabeza el Consejero Superior, las responsabilidades y atribuciones del cargo son las siguientes:


Título I.- Principios inspiradores, definiciones y objetivos

Párrafo III. Funciones del Consejero Académico

Se entenderán criterios generales respecto a esta función, respetando lo que se entienda en cada Unidad Académica por tal.

Las funciones y atribuciones básicas del Consejero Académico son:

a) Integrar a las políticas académicas de su unidad académica, la visión de los estudiantes.
b) Representar a los alumnos ante el Comité Curricular y ante el Consejo encargado de revisar los temas académicos en cada unidad académica.
c) Estudiar y desarrollar proyectos y propuestas académicas con la Dirección de la Unidad
Académica, preocupándose también de su difusión.
d) Apoyar el trabajo del Defensor Estudiantil o desempeñar esta labor en caso de la inexistencia del cargo, con todo lo que esto implica.



Título II. De la Orgánica y su Funcionamiento

Párrafo I. Orgánica del Consejo Académico

El presente órgano, contará con la integración de los siguientes representantes estudiantiles:
- El Consejero Superior, que presidirá las sesiones del Consejo señalado.
- El Consejero Académico, de cada una de las Unidades Académicas, que actuará como fiscalizador y captador directo de las distintas necesidades académicas de los alumnos.
- Delegado por carrera, cuyo ejercicio de las funciones será transitorio, sólo en el caso de no existir el Consejero Académico de dicha Unidad Académica.
- Un miembro de la Directiva FEUC, elegido por la misma, para que se informe y esté al tanto de las decisiones o resoluciones que en el presente órgano se discutan. Este miembro participará sólo con derecho a voz en este organismo.
Cada uno de los miembros antes descritos tendrá funciones determinadas, coordinándolo con las funciones específicas – reiteramos- en sus distintas Unidades Académicas, sin perjuicio de las funciones que tendrán dentro del presente proyecto de Consejo.

Párrafo II. De la forma de Sesionar y alcanzar acuerdos
Sesiones
a) Ordinaria:
El Consejo Académico, sesionará con los integrantes antes dichos, en sesiones cerradas, con
la posibilidad de aceptar a personas externas invitadas, relacionadas con algún tema puntual,
y siendo esto apoyado por 2/5 de los miembros presentes del consejo.

Este Consejo sesionará con la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio. Actuará como
Secretario General (Ministro de Fe) un miembro de éste, elegido por mayoría absoluta en este mismo Consejo. Podrá ser Secretario General del Consejo, sólo algún Consejero Académico, y no un delegado por carrera (cuyo carácter es transitorio por definición).
Las sesiones ordinarias serán mensuales y convocadas por el Consejero Superior. En caso de que se genere ausencia o inhabilidad del Consejero Superior, ésta deberá ser previamente justificada (ausencia: enfermedad; inhabilidad: renuncia, destitución), pasando a presidir este órgano, en primera instancia, el Secretario General del Consejo Académico.

b) Extraordinaria:
Podrán convocar a sesión extraordinaria:
- Miembros del Consejo Académico, cuando reúnan una misma inquietud 2/5 de sus integrantes.
- El Consejero Superior, cuando así lo amerite, y para temas determinados y urgentes, que se analizarán caso a caso.

Acuerdos
a) En cuanto a los acuerdos:
- Los acuerdos serán tomados por 2/3 de los consejeros presentes.
- En caso de empate, dirimirá el Consejero Superior.
- Los acuerdos tendrán, carácter de consultivos ante las entidades correspondientes (Consejo de Presidentes, Consejo Ejecutivo y/o Territorial y FEUC).
- Se espera que los miembros del Consejo Académico apoyen el trabajo en torno a los acuerdos, siempre y cuando no sean incompatibles con sus responsabilidades, compromisos, resoluciones y/o decisiones emanadas de sus propias unidades académicas. Esto es, sin perjuicio de lo que por estatuto, corresponde al Consejero Superior y a los Consejeros de Facultad o sus similares.

b) En cuanto a las materias cuyas sesiones convoquen:
Las materias que trate el Consejo Académico, estarán sujetas a la especialidad del cargo de
quienes lo componen y, los que obedezcan directamente a la creación del presente esbozo.
Serán materias del presente órgano:
- Causales de eliminación. Ser un canal de entrega de información oportuna a los alumnos afectados, guiándolos en su proceso y velando por el cumplimiento de sus derechos y el
funcionamiento del debido proceso.
- Mallas Curriculares y sus respectivos Comités.
- Problemáticas sobre falta de información académica de la Universidad.
- Temas de infraestructura, con incidencia académica directa.
- Plan de Formación General.
- Alumnos extranjeros, alumnos deportistas y, en general, la política universitaria en cuanto a la admisión especial en la UC.
- Cualquier otro tema con impacto académico y que obedezca a una necesidad de información en las Unidades Académicas y en las políticas universitarias, del mismo carácter, en la UC. Esto es, sin perjuicio del rol que cumpla la Federación en cuanto a sus funciones.


Luis Echeverría
Consejero Académico Comunicaciones UC